¿Por qué no se actúa con decisión contra el comercio informal?

No importa el lugar: puede ser la entrada del conjunto, o una vía principal o las inmediaciones de una construcción… En cualquier sitio se instalan los vendedores ambulantes, apoderándose del espacio público que, se supone, debe ser defendido por las autoridades locales y distritales.

De hecho, la Constitución señala en el artículo 82 que “es deber del Estado velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular”.

Entonces se podría pensar que el dichoso artículo es letra muerta, pues las autoridades no toman medidas para hacer cumplir el mandato constitucional. 

Parece muy simple: si la Constitución lo ordena, las ventas informales no deberían ocupar el espacio público.  Es más, muchos residentes de Salitre Oriental, a través de Facebook y Twitter han manifestado su inconformidad por los escasos resultados obtenidos en la defensa del espacio público.

Ciertamente, una de las premisas fundamentales de ASOBEL es la preservación de estas áreas y la gestión ante las autoridades para que enfrenten, con decisión, esta problemática en Salitre Oriental.  Sin embargo, desde el punto de vista legal, el asunto es complejo, pues la Corte Constitucional decidió tutelar los derechos a la dignidad, al mínimo vital y al debido proceso de los vendedores ambulantes.

En la sentencia T-772 del 4 de noviembre de 2003, la Corte señala que “es constitucionalmente inaceptable que las personas (…) sean sencillamente privadas de los medios materiales que aplican a su trabajo de subsistencia, sin recibir ofrecimiento alternativo alguno que satisfaga sus necesidades en forma efectiva.”

En el mismo documento, la Corte Constitucional establece que “es un contrasentido aumentar el desempleo sin presentar alternativas que lo mitiguen, y por consiguiente un juez no puede avalar que se emplee la fuerza precisamente para aumentar la crisis"

Así las cosas, en aras de proteger la dignidad, el mínimo vital y sobre todo el debido proceso, la Corte establece que los comerciantes informales no pueden ser privados de sus medios de vida sin recibir alternativa viable alguna por parte de las autoridades.

Entonces, la realidad es que la Constitución ordena la protección del espacio público y al mismo tiempo, por decisión de la máxima instancia de revisión constitucional, protege la ocupación de dicho espacio por parte de los vendedores ambulantes, dejando como último recurso el desalojo.

Es más: la propia Corte Constitucional, en la sentencia SU-360 de 1999, admite que existe un conflicto entre el cumplimiento del deber estatal de preservar el espacio público y el derecho al trabajo de los vendedores informales que lo ocupan.

Ante este conflicto, la Corte indica que las autoridades deben incorporar programas o medidas de recuperación del espacio público, no sin antes proveer alternativas económicas para quienes dependen del comercio informal para su sustento vital. Mientras estos programas no sean implementados, la Corte señala que el desalojo será contrario al mandato constitucional e inadmisible por su “carácter desproporcionado”.

Por todo lo anterior, pueden pasar meses e incluso años sin que las autoridades tomen la decisión del desalojo para proteger el espacio público, dejando a la ciudadanía con la inseguridad, el desaseo y los riesgos que representa la actividad del comercio informal en las calles.

Sin embargo, ASOBEL ha conseguido dos victorias importantes en cuanto a la recuperación del espacio público: durante el último año, la Alcaldía Local estableció dos zonas especiales libres de comercio informal.  Se trata de las inmediaciones de la Clínica Colombia y de las avenidas más importantes de Salitre Oriental, que fueron incluidas en la Zona especial de seguridad del CAN.

Estas medidas permiten el desalojo de los vendedores informales por parte de la Policía Nacional, sin tener que recurrir al engorroso proceso establecido por la Corte Constitucional.  Por esta razón, la Policía Metropolitana ha adelantado varios operativos en el perímetro de la Clínica Colombia y ASOBEL viene trabajando mancomunadamente para que dichos operativos sean más frecuentes y permitan liberar el espacio público de este punto de Salitre Oriental.

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